SANTIAGO (República Dominicana).- La Fiscalía de Santiago solicitó la imposición de la prisión preventiva, como medida de coerción, contra el integrante de una banda de asaltantes que, en medio de un atraco, mató a un comerciante en el sector Arroyo Hondo Abajo, en esta ciudad.
El Ministerio Público identificó al imputado Heldkin León (La Gata) como uno de los hombres que arrebataron la vida al comerciante Alberto (Víctor) García Espinal.
El hecho ocurrió en un colmado propiedad de García Espinal. Delvis Apolinar Peralta Gómez y Wandy Lorenzo Taveras, víctimas del asalto, presenciaron los hechos mientras los asaltantes apuntaban al comerciante con armas de fuego.
El Ministerio Público le imputa al detenido constituirse en asociación de malhechores, la comisión de robo agravado y homicidio, en perjuicio del comerciante muerto y las demás víctimas.
El imputado, junto a tres hombres que son perseguidos, se presentó al establecimiento a bordo de dos motocicletas. Dos de ellos penetraron al negocio y encañonaron a las víctimas.
La investigación inicial reveló que tras un movimiento leve que hizo, García Espinal fue impactado a balazos por uno de los asaltantes, que además le reclamó: “yo te dije que viniera”.
Entre las evidencias presentadas al juzgador de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente que analizará estos elementos para imponer la medida, hay DVD’s en los que fue grabada la ruta que, desde la escena del crimen, los malhechores realizaron para ocultarse y evadir su responsabilidad penal y que fue captada por las cámaras de vigilancia del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad, 9-1-1.
El procesado enfrenta cargos por violación a los artículos 2, 265, 266, 379, 382, 386-2, 295 y 304 del Código Penal Dominicano, que tipifica la asociación de malhechores para cometer robo agravado y homicidio en perjuicio del comerciante.
También, le atribuye la asociación de malhechores y robo agravado, tipos penales sancionados por los artículos 265, 266, 379, 385 y 386-2 del Código Penal Dominicano en perjuicio de Peralta Gómez y Lorenzo Taveras.