JCE define proceso votación y escrutinio para comicios 2024

 

El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) mediante la resolución preliminar 34/2022 aprobó el establecimiento del procedimiento para la votación y el escrutinio manual, la digitalización, el escaneo y la transmisión de los resultados electorales en las elecciones del 2024.

La resolución también establece que las disposiciones también aplican para la celebración de las primarias de los partidos que tendrán lugar en octubre del 2023. El artículo tres dispone el establecimiento del voto manual para las elecciones de febrero, mayo y la segunda vuelta si fuera necesario.

“Una vez cerrada la votación, el conteo de los votos se hará de manera manual, a cargo de los miembros de los colegios con la presencia de los delegados de los partidos políticos, así como los que serán acreditados para esta fase, es decir, los observadores de escrutinio”, establece la resolución del pleno de la JCE.

También define la figura del observador de escrutinio y de digitalización.

Consiste en ciudadanos debidamente acreditados para la JCE y las juntas electorales para observar las actas de preparación y desarrollo del conteo o cómputo de los votos.

En cambio, el observador de digitalización es una figura creada por la ley que luego de ser acreditada tiene facultad para observar el proceso de digitalización, escaneo y transmisión.

La JCE detalló los pasos para el escrutinio en distintas fases y solo podrán ser transmitidas las actas que estén previamente escaneadas, firmadas y selladas. “En caso de que se produzca un descuadre o error al momento de la digitalización de los resultados, los miembros del colegio electoral revisarán que los datos dictados al operador del equipo estén correctos”, explica el documento.

Agrega que si los datos están mal se devolverá al local de la mesa de votación para revisar las anotaciones de la plantilla de apoyo a fin de identificar los renglones donde se haya producido inconsistencia. Instituye además que los tres ejemplares del acta de votación se deben colocar en la puerta del colegio.

Apunta que para agilizar el proceso de escaneo y digitalización se habilitará un máximo de tres colegios por cada equipo de transmisión. “Estos equipos serán instalados lo más cerca posible de los colegios electorales”, puntualiza la JCE.

La resolución de la JCE establece que si desde un centro de votación no se puede transmitir por falta de señal se debe notificar inmediatamente al centro de asistencia electoral habilitado para tales fines.
“Al finalizar el procesamiento de los datos electorales en el recinto electoral, dicho escáner será trasladado a la junta electoral correspondiente para la extracción y transmisión de los resultados almacenados”, instruye el órgano de elecciones sobre el proceso.

Igualmente, señala que ningún equipo podrá transmitir resultados antes de las 6:00 de la tarde del día de la votación.

 

“Antes de iniciar el procedimiento de los resultados electorales, operadores de equipos de digitalización, deberán de nuevo imprimir el informe de constancia de que todo está en cero, es decir que el equipo no tiene ninguna información”, subraya el documento.

LA JCE AUTORIZA GRABAR ESCRUTINIO DE LOS VOTOS

El octavo artículo de la resolución 34/2022, para garantizar mayor transparencia autoriza grabar el escrutinio con los equipos de celulares a los observadores de escrutinio, delegados y miembros de la mesa que deseen hacerlo.

“Exclusivamente para grabar las incidencias del proceso de escrutinio y el relativo a la digitalización, escaneo y transmisión de los resultados desde los recintos”, explica el órgano electoral en su decisión.

La JCE conformó una comisión que elaboró la propuesta de escrutinio y digitalización de los resultados. Los distintos partidos políticos ya opinaron sobre ese tema e hicieron diversas sugerencias que la JCE tomó en cuenta.

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