Diputados aprueban proyecto para que ministerios no tengan más de seis viceministros

Santo Domingo, RD.-La Cámara de Diputados aprobó este martes en segunda lectura el proyecto de ley que crea y agrega viceministerios en 10 ministerios diferentes, así como la restructuración de estas entidades.

La pieza legislativa, propuesta por el presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco, en 2012, tiene por objeto “crear y agregar viceministerios para el despacho de los asuntos de Gobierno y modificar las leyes que rigen los ministerios”.

Según explicó Pacheco, el proyecto busca limitar la cantidad de viceministerios que en los últimos años se han incrementado en los diferentes ministerios, legalizando el límite a 6 viceministerios en cada ministerio.

El proyecto había sido declarado de urgencia y aprobado en primera lectura, pero fue devuelta a la comisión permanente de Administración Pública, al estar “suficientemente consensuada”.

El presidente de la Cámara de Diputado resaltó la importancia de esta ley, que busca limitar de forma definitiva las cantidades de viceministerios, debido a que los últimos años, 20 o 30 años se han creado cantidades de viceministerios, tanto del Partido de la Liberación Dominicana cómo otros partidos.

La comisión permanente presentó un informe favorable para su aprobación, pero estableció modificaciones que enumeran en el proyecto los viceministerios y cambios de estructuras en los siguientes ministerios:

Del Ministerio de Hacienda:

1) El Viceministerio del Tesoro.

2) El Viceministerio de Presupuesto, Contabilidad y Patrimonio.

3) El Viceministerio Técnico- Administrativo.

4) El Viceministerio de Crédito Público.

5) El Viceministerio de Política Tributaria.

Del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo:

1) El Viceministerio de Planificación.

2) El Viceministerio de Cooperación Intencional.

3) El Viceministerio Técnico-Administrativo.

4) El Viceministerio de Análisis Económico y Social.

5) El Viceministerio de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional.

6) El Viceministerio de los Sectores Productivos.

Del Ministerio de Cultura:

a) Órgano de decisión superior: Consejo Nacional de Cultura.

b) Órgano de conducción superior: Ministro de Cultura.

c) Órgano técnico de patrimonio cultural: Viceministro de Patrimonio Cultural.

d) Órgano técnico y administrativo: Viceministro Administrativo.

e) Órgano técnico de creatividad y participación popular: Viceministro de Creatividad y

Participación Popular.

f) Órgano técnico de Desarrollo Institucional: Viceministro de Desarrollo Institucional.

g) Órgano técnico de Identidad Cultural: Viceministro de Identidad Cultural.

h) Órgano técnico de Industria Culturales: Viceministro de Industria Culturales.

i) Órganos descentralizados:

1) Consejos Provinciales de Desarrollo Cultural.

2) Consejos Municipales de Desarrollo Cultural.

Del Ministerio de la Juventud:

a) Un ministro o ministra.

b) Un Viceministerio Técnico y de Planificación.

c) Un Viceministerio de Desarrollo de Programas.

d) Un Viceministerio Administrativo y Financiero.

e) Un Viceministerio de Extensión Regional.

f) Un Viceministerio de Emprendimiento.

Del Ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología:

1) Un Viceministerio de Educación Superior.

2) Un Viceministerio de Ciencia y Tecnología.

3) Un Viceministerio Administrativo.

4) Un Viceministerio de Relaciones Intencionales.

5) Un Viceministerio de Emprendimiento.

6) Un Viceministerio de Extensión.

Del Ministerio de Turismo:

a) Viceministerio Técnico.

b) Viceministerio Administrativo.

c) Viceministerio de Gestión de Destines Turístico.

d) Viceministerio de Calidad en los Servicios Turísticos.

e) Viceministerio de Desarrollo y Fomento Turístico.

f) Viceministerio de Cooperación Internacional.

Del Ministerio de Agricultura:

a) Viceministerio Administrativo Financiero.

b) Viceministerio de Producción Agrícola y Mercadeo.

c) Viceministerio de Planificación Sectorial Agropecuaria.

d) Viceministerio de Asuntos Científicos y Tecnológicos.

e) Viceministerio de Extensión y Capacitación Agropecuaria.

f) Viceministerio de Desarrollo Rural.

Del Ministerio de Administración Pública:

1. Viceministerio de Función Pública;

2. Viceministerio de Fortalecimiento Institucional.

3. Viceministerio de Evaluación del Desempeño Institucional.

4. Viceministerio de Servicios Públicos.

5. Viceministerio de Reforma y Modernización.

6. Viceministerio de Innovación y Tecnología.

De Ministerio de Medio Ambiente:

1) Viceministerio de Gestión Ambiental.

2) Viceministerio de Suelos y Aguas.

3) Viceministerio de Recursos Forestales.

4) Viceministerio de Áreas Protegidas y Biodiversidad.

5) Viceministerio de Recursos Costeros y Marinos.

6) Viceministerio de Cooperación Internacional.

Del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes:

1) Viceministerio de Desarrollo Industrial.

2) Viceministerio de Zonas Francas y Regímenes Especiales.

3) Viceministerio de Comercio Interno.

4) Viceministerio de Comercio Exterior.

5) Viceministerio de Fomento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

6) Viceministerio de Fomento a la Agroindustria.

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