El Ministerio Público solicitó ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente una medida de coerción consistente en ocho meses de prisión preventiva contra Audilio Concepción, presidente de la cooperativa; Héctor Ramón Vásquez Sandoval, gerente general; Roberto Antonio Polanco Marte, encargado de Operaciones, y Emilio Yan, encargado local de la planta.
El órgano acusador pidió también declarar el caso complejo, en virtud de la cantidad de víctimas, a fin de contar con un plazo que permita ampliar y concluir las investigaciones.
El expediente que sustenta la petición, que se conocerá en las próximas horas, establece que los imputados actuaron con negligencia en torno a las medidas de seguridad que debía cumplir la planta dispensadora, lo que ocasionó el siniestro que ha dejado 11 decesos, con varios heridos y múltiples daños económicos en el municipio de Licey al Medio.
También explica que la explosión se produjo debido a una rotura de la pieza denominada múltiple flexible, que conecta la tubería del tanque de almacenamiento a las estaciones o islas de expendio de GLP. Agrega que la válvula de enfriamiento no funcionó y que tampoco había en el lugar un técnico capaz de poner a operar el sistema contra incendio.
“Fallaron las tres condiciones que debe tener toda estación de expendio de combustible, que son válvula de enfriamiento, la válvula de cierre de escape y una válvula que se prenda con el encendido de un motor, y esa es la causa de lo que aquí ha ocurrido en esta tragedia que conmovió al país”, comentó este lunes a la prensa el procurador fiscal de Santiago, José Francisco Núñez.
Como parte de la negligencia atribuida a los directivos, se destaca que fuera un vigilante, quien también figura entre los fallecidos, la persona que encendió los motores para habilitar el servicio al público el día de la tragedia. El expediente reúne múltiples pruebas que sustentan la petición de medida de coerción, entre ellas testimonios que dan cuenta de que “cualquiera, hasta un vigilante encendía los motores succionadores del gas”.
Por las implicaciones de estas inobservancias en el sistema de seguridad y las graves consecuencias sobre la vida y la seguridad de las personas, y amparado en los informes periciales y pruebas, el Ministerio Público imputa a los cuatro directivos de violación al artículo 319 del Código Penal Dominicano, consistente en homicidio involuntario.