Dictan impedimento de salida y presentación periódica a hombre se hacía pasar por embajador para estafar

DISTRITO NACIONAL.-La Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso este lunes  pesentación periódica e impedimento de salida como medida de coerción contra un hombre que supuestamente se hacía pasar por embajador de la República de Liberia para estafar a personas.
 
Según la acusación, bajo sus falsas cualidades de diplomático, Rafael Enrique Martínez Taveras estafó a varias personas a las que prometió realizar las diligencias necesarias para recibir nombramientos en cargos consulares de Liberia y a cambio, les cobraba miles de dólares.
 
Al salir de la sala de audiencias, Carlos Nova, defensor del imputado, indicó que el juez “estableció que todo lo que decía el Ministerio Público en la acusación carecen de objeto y ya está prescrito”. “En la preliminar nos destaparemos con un no ha lugar”, agregó.
 
Mientras que los  abogados de las víctimas dijeron sentirse inconformes con la medida de coerción impuesta al imputado.
 
“Esto ha sido un hecho bochornoso y vergonzoso… No es posible que se le dicte una medida de coerción complaciente, cuando se ha demostrado, más allá de toda duda razonable con las pruebas y presupuestos que ese jugador tiene ahí”, expresó el abogado Jorge Luis Lorenzo.
 
El Ministerio Público  indicó que una de las víctimas dijo que pagó la suma de US$50 mil por el cabildeo de un nombramiento como cónsul en Madrid, España.
 
En el allanamiento a la residencia de Martínez Taveras, informó el órgano investigador,  se le ocuparon 11 pasaportes dominicanos, un pasaporte haitiano y símbolos patrios de la República de Liberia, tales como banderas y obras talladas con el nombre de ese país.
 
Además, documentos que serán analizados durante el proceso de investigación.
 
Para estos hechos, el expediente atribuye la calificación jurídica provisional de Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, en violación al artículo 2 de la Ley 137-03. También, usurpación de títulos o funciones, en violación al artículo 258 del Código Penal Dominicano, y estafa contra particulares, prevista en el artículo 405 del Código Penal Dominicano y en el artículo 1 de la Ley 5869, sobre Propiedad en Violación.

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