SAN PEDRO DE MACORÍS.- La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esta demarcación dictó tres meses de prisión preventiva al teniente de navío de la Armada Bonelis de la Rosa Valenzuela, de 50 años de edad, luego de demostrar con diversas pruebas que agredió físicamente a su pareja.
El tribunal dictó la medida cautelar tras establecer que los elementos de prueba presentados por el Ministerio Público vinculan razonablemente al imputado con los hechos de violencia contra la mujer, cuyo nombre se omite para preservar su identidad.
La Fiscalía de San Pedro de Macorís y la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, que dirigen las magistradas Idalia Jiménez Estévez y Olga Lidia Coss, estuvieron representadas en la audiencia por las fiscales Estela Santana Castro y Dharina Aquino Silvestre, quienes presentaron elementos probatorios contundentes que llevaron a la jueza Darlis Altagracia Eusebio Vásquez a imponerle al imputado la prisión preventiva como medida de coerción.
La decisión se fundamentó en varias pruebas documentales, periciales e ilustrativas que presentó el órgano investigador, incluyendo un vídeo que capta el momento en que De la Rosa Valenzuela golpea a la mujer y la lanza al suelo mientras sostiene en una de sus manos un arma de fuego.
En torno al caso, la Fiscalía de San Pedro de Macorís precisó que abrió una investigación en contra del encartado luego de que el pasado 1 de octubre el Ministerio de la Mujer depositara un informe ante la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de esta provincia, mediante el cual esa entidad oficial denunció el hecho de violencia de género, ocurrido en la localidad de Cumayasa, del municipio Ramón Santana.
Indicó que realizan las diligencias de lugar para procurar justicia y destaca que en el transcurso de la investigación a la víctima le fue practicado un examen médico legal y le realizaron una entrevista forense a cargo del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).
La medida cautelar deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación de San Pedro de Macorís. Fue impuesta por la violación del artículo 309 ordinales 1, 2 y 3 letra C del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley No. 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar.
En el comunicado de prensa, mediante el cual ofreció la información, el Ministerio Público valoró la medida de coerción impuesta en este caso tras destacar que contribuye a garantizar mayor seguridad a la víctima y a evitar que el imputado se sustraiga del proceso judicial.