SANTO DOMINGO. – El presidente Luis Abinader emitió este lunes el anticipado decreto que modifica los horarios del toque de queda, a los fines de que, a partir de hoy, a nivel nacional, este inicie de nueve de la noche a cinco de la mañana de lunes a viernes y de siete de la noche a cinco de la mañana los fines de semana.
El jefe de Gobierno, de igual forma, ratificó “el uso obligatorio de mascarillas en los lugares públicos y en los lugares privados como medida esencial para controlar la propagación de la COVID-19”.
La medida presidencial entra en vigencia hasta el 17 de octubre.
Personas autorizadas a circular durante el toque de queda
El decreto del presidente Luis Abinader dispone que durante el horario del toque de queda se permitirá la circulación de personas relacionadas con actividades y servicios esenciales, incluyendo personal de salud, tales como médicos, enfermeras, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y farmacéutico.
Asimismo, personas afectadas por alguna emergencia médica, personas dedicadas a labores de seguridad debidamente identificadas y miembros de la prensa debidamente acreditados.
Otros grupos autorizados a circular durante el toque de queda son los siguientes:
Operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.