Dichos productos se podrán vender 12 horas después de culminado el proceso electoral.
La medida la dispone el Ministerio de Interior y Policía, entidad que llamó a dar estricto seguimiento a la medida, en virtud de lo que establece la Ley 15-19, Orgánica del Régimen Electoral.
Vigilancia electoral
“En lo referente a las ventas de bebidas alcohólicas, se exceptúan aquellas instituciones hoteleras que se encuentran ubicadas en las zonas turísticas, las cuales deberán ser debidamente identificadas por la Junta Central Electoral (JCE), de conformidad a la disposición legal contenida en la Ley 15-19”, informó el Ministerio del Interior.
De igual forma, indicaron que sólo los agentes de la Policía Militar Electoral, que estén al servicio las autoridades electorales, debidamente identificados con el brazalete de la Junta Central Electoral, podrán penetrar armados en los locales en donde se efectúen las inscripciones y las votaciones, cuando fueren requeridos.