Juez deniega al Chapo salir dos horas semanales al patio de la cárcel en EEUU

NUEVA YORK .- Un juez federal de Nueva York denegó este lunes al narcotraficante mexicano Joaquín “el Chapo” Guzmán, encarcelado en Nueva York a la espera de su sentencia el próximo 25 de junio, que pueda salir dos horas a la semana al patio de la prisión.

Según el magistrado Brian Cogan, su confinamiento tiene “el legítimo objetivo de evitar que escape de la prisión o que ordene cualquier ataque contra individuos que cooperaron con el Gobierno.

El pasado mayo, el Chapo había solicitado a través de sus abogados dos horas de patio a la semana, acceso al resto de encarcelados, tener la posibilidad de comprar seis botella de agua a la semana y tapones para los oídos para “aliviar el dolor” de oído que sufre y para que le puedan ayudar a conciliar el sueño.

Cogan ha rechazado todas las peticiones formuladas por el líder del cartel de Sinaloa, que lleva 27 meses en una celda de confinamiento en el Centro Penitenciario Metropolitano de Nueva York.

La Fiscalía se había opuesto por considerar que el líder del cartel de Sinaloa busca una oportunidad para fugarse.

La defensa insistió en que la reclusión de su cliente en una celda sin ventanas de una dimensión de 3 x 2,5 metros y con la luz permanentemente encendida “viola la prohibición de la Octava Enmienda de castigos crueles e inusuales, así como las normas fundamentales sobre la decencia humana”.

En este sentido, el juez sostiene que estas condiciones responden al historial específico del Chapo “que incluye dos fugas de prisión” y a sus crímenes, entre los que citó haber dirigido el cartel de Sinaloa desde prisión y haber estado implicado en numerosas conspiraciones para asesinar a sus enemigos.

Los abogados de Guzmán también habían hecho alusión a la buena conducta del preso para justificar la satisfacción de sus demandas. Sin embargo para el juez el “comportamiento ejemplar” del Chapo es una “directa consecuencia de sus estrictas condiciones de confinamiento”.

“Su continuo buen comportamiento no es una razón para modificar (su confinamiento), es una razón para mantenerlo”, aseguró Cogan, que insistió en que estas medidas no violan los derechos constitucionales del acusado.

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