SANTO DOMINGO-. Impuestos Internos emitió la Norma general 05-19 sobre Tipos de Comprobantes Fiscales Especiales, con el objetivo de regular su uso y asegurar el cumplimiento tributario.
La institución informó que están sujetos a las disposiciones de la norma los contribuyentes que, por la naturaleza del sector o de las actividades empresariales o profesionales que realicen, están autorizados a emitir comprobantes fiscales especiales.
La norma establece los siguientes comprobantes: Comprobante para Regímenes Especiales, Comprobante Gubernamental, Comprobante de Registro Único de Ingresos, Comprobante de Compras, Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF), Comprobante para Gastos Menores, Comprobante para Pagos al Exterior y el Comprobante para Exportaciones.
La entidad explicó que, según lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 254-06, “en aquellos casos en que, por la naturaleza de los sectores o las actividades empresariales o profesionales, la DGII lo haya autorizado, con la finalidad de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades económicas en cuestión, se podrán utilizar documentos especiales como comprobantes fiscales”.
La norma 05-19 en su artículo 9 dispone la creación de los Comprobantes para pagos al Exterior, definiéndolo como aquellos emitidos por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales obligadas a realizar la retención total del Impuesto sobre la Renta, de conformidad a los artículos 297 y 305 del Código Tributario.