La defensa técnica del exdirector del Consejo Nacional de Frontera, Donni Santana Cuevas, acusado de agresión sexual a una dolescente, anunció que solicitará al juez de la instrucción valorar las pruebas arrojadas por el análisis de la Cámara Gesell a la que fue sometida la menor por la que se acusa de abuso sexual, los cuales, según afirmaron, no se corresponden con el cuadro acusador, revelando la existencia de un manejo malsano de las mismas por parte de la ex fiscal del D.N.
La abogada Sonia Marlene Guerreo instó al Quinto Juzgado de la Instrucción a valorar los resultados de la Cámara Gesell, un procedimiento científico aplicado en casos similares al que involucra a la familia Santana, donde la adolescente por la cual se introdujo la acusación contradijo las acciones que se le imputan a Donni Santana, lo que a juicio de la litigante debe motivar a los magistrados que presiden el caso a desestimarlas.
El penalista y analista jurídico Valentín Medrano consideró necesario la revisión de la Cámara Gesell, como instrumento de valoración jurídica en casos de acusación por violación.
De igual forma, abogados Manuela Ramírez, Francisco Montero y Antoliano Medina valoraron como muy confiables y seguros los resultados obtenidos mediante la Cámara Gesell, ya que tanto para cargo como para descargo este es un procedimiento investigativo legal que ha brindado solución a casos muy complejos en los Estados Unidos de Norteamérica, en Europa y que aquí, en la República Dominicana, ha sido aprobada por una resolución de la Suprema Corte de Justicia-SCJ-.
La Cámara Gesell es en una habitación acondicionada para permitir la observación con personas, está conformada por dos ambientes separados por un vidrio de visión unilateral y ambos espacios cuentan con equipos de audio y video para grabar la entrevista que allí se realiza.
Este procedimiento es ampliamente usado en diversos países, siempre respetando la normas judiciales de los mismos, y en la República Dominicana como en otras naciones se aplica a la observación de la conducta en niños sin ser perturbados o que la presencia de extraños produzca en ellos alteraciones, con la finalidad de recabar información que determine la veracidad de un hecho.
Este procedimiento investigativo fue aplicado a la adolescente en cuestión y en el mismo se pudo constatar que las supuestas cartas en las que la niña relataba a un colegio lo supuestamente sucedido en su casa nunca fueron escritas por ella, lo que confirma la autenticidad del peritaje caligráfico realizado por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses-INACIF- que reveló que esas misivas aportadas como pruebas por la fiscal actuante no se corresponden con la escritura de la adolescente.