SANTO DOMiNGO. Fue declarado inadmisible por el Tribunal Constitucional la acción directa de inconstitucionalidad incoada por el abogado Fredermido Ferreras Díaz, contra la disposición transitoria de la Constitución que imposibilita la reelección de Danilo Medina.

En el comunicado número 32-18 publicado por el Tribunal Constitucional se establece lo siguiente: “inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Fredermido Ferreras Díaz contra la disposición transitoria vigésima de la Constitución, de trece de junio de 2015, en razón de la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución”.

La vigésima disposición transitoria atacada mediante la acción de inconstitucionalidad por Ferrera Díaz dice que “En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.