Desmantelan laboratorio de medicamentos clandestino en Bonao

BONAO. Las autoridades desmantelaron en este municipio un laboratorio de medicamentos que operaba de manera clandestina en violación a la Ley General de Salud 42-01 y otras normativas como la Ley 155-17 sobre lavado de activos.

El laboratorio estaba ubicado en la calle Maguana, esquina Higüey, sector Respaldo Quisqueya, donde, además, funcionaban las farmacias Prosperidad y la Lample Suárez que también fueron intervenidas.

El cierre se llevó a cabo por el Ministerio de Salud, a través de su Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios -DIGEMAPS- en coordinación con la Procuraduría Especializada en Crímenes y Delitos contra la Salud y la Dirección Central de Investigaciones Criminales –DICRIM.

El equipo operativo habría evidenciado la realización de reenvasado y adulteración de medicamentos vencidos y de contrabando, además de muestras médicas y productos falsificados en condiciones de insalubridad.

Los medicamentos hallados son de diversos grupos terapéuticos, tales como antibióticos, antihipertensivos, antigripales, estimulantes sexuales, analgésicos, antinflamatorios, jarabes pediátricos, entre otros productos.

Por el hecho fue detenido Enrique Pedro Ball Domínguez, quien se encontraba en el establecimiento al momento de la intervención y quien es identificado como su propietario.

Una comunicación de prensa del Ministerio de Salud dice que en el establecimiento farmacéutico Prosperidad se encontró relación con el laboratorio desmantelado mientras que en Lample Suárez los inspectores no hallaron irregularidades.

“El Ministerio de Salud conjuntamente con la Procuraduría General de la República procederá a someter a la justicia a los implicados, por violación a la ley General de Salud 42-01, ley 22-06 sobre Falsificaciones y el Reglamento 246-06, y la recién promulgada ley 155-17 sobre lavado de activos”, dice el comunicado.

Explica que la Ley 155-17 tipifica la falsificación y adulteración de medicamentos, alimentos y bebidas como una “infracción precedente o determinante, por lo que las penas a quienes incurren en esta práctica ilegal serian de hasta 20 años de prisión y el decomiso de los bienes, valores e instrumentos y la inhabilitación por 10 años”.

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