Santo Domingo.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, rectifico la sentencia NO.257-2015, de fecha 21 de Octubre 2015, dictado por el Primer Tribunal Colegiado, de la Camara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en la que condena a tres (3) años, suspendiendo dos (2) años,la misma le fue impuesta al doctor (cirujano plástico) Edgar Isidro Contreras Rosario, Omar Baldomero Contreras Rosario, y Luz Divina de la Altagracia Contreras Rosario, por hecho de estos haber falsificado firmas de dos actas de la celebración de asamblea de accionistas de la Sociedad Centro Médico Gazcue, en la que los médicos y socios les vendían sus acciones.
Los jueces Mirian Concepción German Brito, Esther Elisa Angelan Casas novas, Alejandro Adolfo Moscoso Segarra, Fran Euclides Soto Sánchez e Hirohito Reyes, rechazaron en todas sus partes la solicitud de los imputados quienes, buscaban que se le anulara la sentencia y que se convocara a un nuevo juicio. Los magistrados expresaron que la sala no pudo advertir que se hubieran desbordado los límites del plazo razonable, vulnerando dicha garantía, por lo que procedieron a rechazar la solicitud de los culpables.
Se recuerdo que los imputados estaban acusados de falsificación de documentos, con lo finalidad de quedarse a favor de ellos el edifico que aloja el Centro Medico Gascuez.
En expediente acusatorio se destaca que los miembros de la familia Contreras había falsificado firmas de dos actas de la celebración de asamblea de accionistas de la Sociedad Centro Médico Gazcue, en la que los médicos y socios les vendían sus acciones.
De acuerdo a la instancia del Ministerio Público, en la que solicitaba la apertura a juicio, las actas de los años 2003 y 2004 fueron depositadas en la Cámara de Comercio de Santo Domingo y por ante el Registro de Títulos del Distrito Nacional, a fin de hacer el traspaso de los inmuebles (consultorios) a la compañía Centro Médico Gazcue, que preside Omar Contreras, como aporte en naturaleza.
Las víctimas aseguraron en juicio, que nunca vendieron ni firmaron nada.
El tribunal, integrado por las juezas Ingrid Fernández, Diana Moreno y Leticia Martínez, ordenó cumplir la pena con trabajo comunitario.