El Superintendente de Salud y Riesgos Laborales precisó ayer que la ley 87-01, en su artículo 122, prohíbe que las Administradoras de Riesgos de salud (ARS) sean propietarias, accionistas, o que tengan intereses económicos directos o indirectos en farmacias, clínicas y otros servicios.El doctor Pedro Luis Castellanos explicó que la ley también prohíbe lo contrario, es decir, que propietarios o accionistas de proveedores de servicios de salud participen o tengan intereses en las ARS, con la única excepción temporal de aquellas entidades del ramo que durante los últimos doce meses antes de la vigencia de la ley eran propietarias o accionistas de ese tipo de servicios.
“Esta excepción temporal ya no está abierta. Ninguna ARS que no hubiera sido beneficiada por la misma en esa oportunidad podría, sin violentar el marco legal, asumir intereses en farmacias u otros proveedores. No debería haber ninguna confusión o malentendido en este sentido”, sostuvo Castellanos.
El funcionario expresó que los medicamentos son un componente esencial de la atención integral de los problemas de salud de la población. “En nuestro país, la importación, producción, distribución, prescripción y dispensación de medicamentos, conforma un sistema complejo, con diversos intereses no siempre coincidentes”, manifestó.
Ayer, la Unión de Farmacias advirtió que “todos los eslabones comerciales y profesionales de los servicios privados de salud” pueden quebrar si el Ministerio de Salud impone unilateralmente una nueva política farmacéutica que favorezca a las ARS.