SANTO DOMINGO. La jueza Kenya Romero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, rechazó homologar el acuerdo en donde el francés que ayudó a dos compatriotas suyos a fugarse del país se declara culpable de tráfico de personas para ser condenado a cinco años de prisión a ser cumplidos en Francia.
Romero rechazó la solicitud de aplicación del procedimiento penal abreviado a Christophe Naudin, imputado por tráfico ilícito de personas y asociación de malhechores.
También ordenó al Ministro Público continuar el proceso seguido al imputado en razón de que los parámetros establecidos en el artículo 340 del Código Procesal Penal opera en casos en que se adviertan circunstancias extraordinarias.
“En cuanto a la elección del perdón judicial como solución procesal enarbolada enmarcada en los parámetros del artículo 340 del Código Procesal Penal, de su examen se advierte que opera en casos en que se adviertan circunstancias extraordinarias de atenuación el tribunal pueda eximir o reducir la pena aún por debajo del mínimo legal, siempre que la pena imponible no supere los diez años de prisión, atendiendo a condiciones taxativas referidas a la disposición, situaciones que no ocurre en la especie”, expresó la jueza en su sentencia.
La ley 137-03 establece condenas de 10 a 15 años de prisión por tráfico ilícito de personas.