SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La procuradora fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, aseguró que la defensa de los acusados de sicariato en perjurio de miembros de la Federación Nacional de Transporte la Nueva Opción (Fenatrano), no tienen derecho a solicitar la anulación de la acusación por alegada actuación irregular del Ministerio Público.
Manifestó que además no pueden pedir el cese de la prisión preventiva porque todos los aplazamientos han sido suscitados por la defensa de los acusados Arsenio Quevedo, Ericson de los Santos y Danilo Reynoso.
La defensa del exdirector de la Federación Nacional de Transporte Dominicano (Fenatrado), Arsenio Quevedo, solicitó a la jueza de instrucción declarar como nula la acusación que pesa contra el transportista, por alegada actuación irregular del Ministerio Público al incluir a la fiscal titular, Yeni Berenice Reynoso, como testigo en el caso en que también figura firmando la acusación por asesinato, lavado de activos y otros delitos.
El pasado lunes de 19 de diciembre la jueza del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, aplazó para el 13 de enero del 2017 la audiencia preliminar contra el también exvicedirector de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), el exregidor de Pedro Brand, Ericson de los Santos; y el acusado Danilo Reynoso.
Esta es la décimo sexta ocasión en que el conocimiento de dicha audiencia es aplazada tras la presentación de varios incidentes por parte de la defensa de los acusados.
De acuerdo al Ministerio Público, Arsenio Quevedo, está siendo acusado de lavado de activos proveniente de la mafia de los combustibles y de ser cabecilla de un grupo que ha hecho uso de la práctica criminal en todo el territorio nacional desde finales del 2008.
Además está acusado de ejecutar transportistas por diferencias y conflictos en las distintas rutas del trasporte público, al igual que de los Santos Solís y Danilo Reynoso.
El mes de noviembre del año 2015, el Ministerio Público calificó los hechos en contra de Arsenio Quevedo y Danilo Octavio Reynoso Recio, dentro de los tipos penales descritos en los artículos 265, 266, 295, 296, 298 y 302 del Código Penal Dominicano, que tipifican la asociación de malhechores y coautoría de asesinato, y con relación a Arsenio Quevedo, además violación al artículo 3 de la Ley 72-02, que tipifica el lavado de activos proveniente del tráfico de combustible y la extorsión.
“Arsenio Quevedo recibe del Estado Dominicano un subsidio de 520 mil galones de combustibles al mes, los cuales utiliza para estafar al Estado y lavar activos provenientes de esta actividad. De conformidad con la investigación, más del 68 por ciento de este combustible no llega a los choferes, sino que es vendido por el imputado a través de una red de tráfico de combustible de la que es parte el imputado Ericson de los Santos (a) Ney”, expresó la instancia.
La Fiscalía del Distrito depositó el 10 de marzo la acusación formal contra el regidor de Pedro Brand, Ericson de los Santos; el presidente de Unión Nacional de Transportistas y Afines (Unatrafin), Arsenio Quevedo, y Danilo Reynoso, acusados de pertenecer a una red de sicarios que supuestamente asesinaron a siete miembros de la Federación Nacional de Transporte la Nueva Opción (FENATRANO), en espera de que les sean abierto un juicio de fondo.