JCE declina al TSE instancias depositadas por Juntas Electorales

El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) se reunió en Sesión Administrativa Extraordinaria en horas de la mañana del día de ayer, para conocer diferentes puntos de agenda.

La agenda tratada fue la siguiente:

1ero. El Informe del Presidente, en el cual se introdujeron varias sentencias dictadas por el Tribunal Superior Electoral (TSE), a las cuales nos referimos más adelante.

Se informó que se ha venido cumpliendo con las mismas y que al efecto en las Juntas Electorales de Nagua, Cabrera y Tamboril, igual ocurre en la Junta Electoral de Bánica, que acogiendo las sentencias dictadas, concluyeron con el proceso de revisión del Nivel C y C1 Congresual, y de los votos nulos y observados del recién concluido proceso electoral.

2do. Sobre los informes de las Direcciones de Elecciones e Informática, se conoció del acta remitida por la Junta Electoral de Neyba, en la que se hace constar que por razones de seguridad física y temor de los miembros, por sus familias y la paz en el municipio, estos no incluyeron en el Boletín las actas del Nivel C 1 de ocho Colegios Electorales.
En relación de los municipios de Azua y Oviedo, enviaron una acta que contiene acciones de escrutinio que por su naturaleza tienen características contenciosas, acordando el Pleno de la JCE declinar al Tribunal Superior Electoral los expedientes de estos municipios, para que sea esta Alta Corte que determine, en el ejercicio de su fuero, lo que corresponde.

3ero. Se conoció de varias acciones incoadas por los ciudadanos que en el período electoral ostentaron la condición de candidatos de los Partidos Alianza por la Democracia (APD), Alianza País, Fuerza Nacional Progresista (FNP), Partido de la Unidad Nacional (PUN), Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) y Partido Revolucionario Moderno (PRM); así como de la Instancia del 19 de mayo del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y otra instancia de fecha 22 de mayo del 2016 del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) referente a la emisión de boletines provisionales.

Aunque el Pleno de la JCE entiende que estos referimientos fueron conocidos y decididos por el Tribunal Superior Electoral en fecha 14 de mayo del 2016, mediante Sentencia TSE-268-2016 sobre el particular, y estas instancias ser reiterativas sobre un tema ya juzgado, el Pleno decidió remitir estas acciones al Tribunal Superior Electoral a los fines correspondientes.

Según lo informado, no habiendo más temas en agenda, el Pleno concluyó su reunión.

Fuente.Prensa JCE

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