SANTO DOMINGO. Las juezas del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dijeron que los 35 años de prisión a los que fue condenado Frank Kelin Holguín Medina por el incendio a uno de los vagones del Metro tiene una función ejemplarizadora.
“Siendo este el primer caso conocido en violación a la Ley 267-08 sobre terrorismo, la aplicación de la pena por parte de las juzgadoras obedece, además de a la magnitud del hecho, a una de las funciones que posee la pena, ésta es su función ejemplarizadora”, expresan las juezas.
Pilar Rufino Díaz, Daira Medina Tejada y Jissel Naranjo Tejada, expresaron en la sentencia que la ejemplarización es en razón de que este es un caso que por demás transciende a las partes mismas del proceso a raíz de la influencia y afectación directa que tiene para la sociedad.
Aseguraron que el joven Holguín Medina no padece de trastornos mentales y que el incendio a uno de los vagones del Metro lo hizo de manera consciente y que el abogado de la defensa sólo solicitó que su cliente fuera enviado a un centro de atención psiquiátrica cuando presentó las conclusiones, y no aportó pruebas ni otros pedimentos tendentes a tales fines.
“El imputado era al momento de la comisión de los hechos un joven prometedor en perfecto estado de sus facultades síquicas, pues era estudiante de la universidad primada de América, pero, además, intentó evadir su responsabilidad al escapar de la escena”, señalan.