Eslabones “rotos” en la cadena de custodia

El Código Procesal Penal (CPP) establece la forma cómo tiene que levantarse y custodiarse una evidencia para que pueda ser usada como elemento de prueba en los tribunales. Además, existen normas y protocolos para el control de las mismas.

No obstante, en el país persiste una práctica constante de mal manejo de las evidencias que se observa, sobre todo, al momento de su levantamiento, obligando a los jueces a tener que excluirlas de los procesos o, como admiten algunos, a cerrar los ojos frente a las irregularidades para poder admitirlas.

El abogado penalista Freddy Mateo Calderón afirma que en el 95% de los casos que se conocen en los tribunales del país, las evidencias son mal manejadas.

Estima como muy débil el régimen de custodia, y empieza señalando como responsable al propio Código Procesal Penal (CPP), del que dice, es muy genérico al tratar el tema.

Mateo Calderón es uno de varios abogados consultados que lamentan que en el país no exista una ley especial para el control de evidencias. También jueces y fiscales admiten que hay muchas cosas por mejorar en la cadena de custodia.

Damia Veloz y Dalma Díaz son las directoras de la Oficina de Control de Evidencia del Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, respectivamente. Ambas admiten que en varias ocasiones tienen que rechazar material de prueba porque no fue bien levantado o porque no tenía la calidad probatoria necesaria.

“El control de la evidencia ha mejorado mucho pero todavía hay cosas que se tienen que mejorar”, comenta Díaz, quien recuerda que hubo tiempos en que en la Fiscalía de Santo Domingo se extraviaban piezas debido al mal registro.

Uno de los casos más recientes en que se rompió la cadena de custodia ocurrió en San Francisco de Macorís, donde se perdieron unas nueve armas de fuego que eran cuerpo de delito, conforme una denuncia que hicieron los jueces del Primer Tribunal Colegiado de esa demarcación.

Por la desaparición de las armas, algunas de las cuales habían sido recuperadas en manos de delincuentes, fueron apresados una secretaria del tribunal y dos vigilantes del Palacio de Justicia de esa ciudad.

A inicio de febrero se denunció la desaparición de otras siete armas de fuego que estaban en manos de la Procuraduría Especializada para el Tráfico y Control de Armas.
Eslabones “rotos” en la cadena de custodia
Manejo rudimentario

El abogado Mateo Calderón entiende que en el país las pruebas se manejan de forma empírica.

“Aquí las evidencias son mal levantadas y llevadas de manera individual a los tribunales, pero los jueces, por temor, las acogen y terminan valorando más la verdad histórica que la verdad legal”, sostiene.

Un juez que pidió el anonimato, afirma que muchas de las evidencias que se conocen en instrucción tienen vicios, pero se aceptan por fuerza de costumbre.

El ex juez Manuel Ulises Bonelly asegura que en varias ocasiones se vio en la necesidad de excluir pruebas por mal manejo en la cadena de custodia, dado que no estaba claro la forma que se obtuvo y la ruta que recorrió una evidencia.

La práctica es típica en casos de drogas, según dice. “Imagínate que el acta de levantamiento diga que se encontró una droga de tal forma, en una funda roja, pero cuando se hace el reporte del laboratorio dice que era en una funda negra… ya hay un elemento de duda sobre la responsabilidad de un acusado”, explica.

Pero aclara que la exclusión de una prueba no significa, necesariamente, que se “caiga” un proceso.

El abogado Carlos Balcácer recuerda el caso de un cargamento de droga que se descubrió en un furgón en Santo Domingo Este, cuyos implicados fueron dejados en libertad por el mal manejo que se dio a la evidencia.

Según el expediente, el furgón fue detenido un día, pero la requisa se realizó al día siguiente, sin que se determinara bajo custodia de quién se quedaría el bien secuestrado. El dueño del vehículo tampoco estuvo presente al momento de la detención, sino que fue apresado horas después, obligando a los jueces a tener que descargarlo, pues no se podía demostrar que lo que se encontró en la requisa y levantamiento del acta, era lo mismo que contenía el camión al momento de la detención.

En febrero del 2015, el director de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos, Germán Miranda Villalona, denunciaba en una carta remitida a la Suprema Corte de Justicia la desaparición del expediente contra el español acusado de narcotráfico, Ricardo Conde Diez.
Eslabones “rotos” en la cadena de custodia
Eslabones “rotos” en la cadena de custodia

El jurista Félix Damián Olivares estima que es rudimentario el manejo de las evidencias, pero entiende que, en menor o mayor medida, en la actualidad se mantiene control.

“Ahora existen protocolos y reglas, la víctima tiene más contacto con el Ministerio Público… entonces, ya no es tan común que se pierda un expediente, pues está el fiscal a cargo, y con el procedimiento queda identificado quién hace qué en cada momento”.

Lo que sí califica deficiente es el manejo que se da a los bienes incautados en materia de droga, que por disposición de la ley 50-88 quedan en manos de la Oficina de Custodia de Bienes Incautados.

Señala que en el país la práctica era que se incautaban muchos bienes y se decomisan pocos, pero que, cuando había que hacer una devolución, lo que se entrega son bienes en muy mal estado, “canibalizados”.

Incluso hay algunos que casi nunca se devuelven, como los aparatos celulares o laptos, porque se usan para hacerle experticias y luego no se conoce el paradero, comenta Olivares.

El abogado también ve debilidades en el registro. “En ocasiones incautan una cadena de oro, de cierto valor, pero cuando te van a devolver te dan una cadena de otro material, pero amarilla”.

Damián Olivares lamenta que el reglamento 19-03 para el funcionamiento de la Oficina de Custodia y Administración de los Bienes Incautados y Decomisados, creada por la ley 72-02 sobre Lavado de activos, no disponga formas más expeditas para aprovechar los bienes perecederos.

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