España .- Proporcionar “ayuda sustancial” en la investigación sobre su positivo por dopaje puede ayudar a la tenista rusa Maria Sharapova a ver reducida la sanción que le imponga la Federación Internacional (ITF), que podría llegar hasta un máximo de cuatro años.
Fuentes de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD) indicaron a Efe que, al tratarse el meldonium de una sustancia “no específica”, la sanción en principio es de ese periodo cuatrienal.
Una sustancia “no específica” es aquella que no está en medicamentos que pueden llegar a ser de uso común.
Si Sharapova, que el lunes confesó que había dado positivo en un control en el Abierto de Australia, demuestra que no tomaba esa sustancia con la intención de mejorar su rendimiento deportivo, la suspensión podría verse reducida considerablemente.
Una vez que la ITF acuerde una sanción base, el periodo de suspensión puede reducirse de dos formas, especifica la AEPSAD.
La primera exige que el deportista pruebe contaminación, ausencia de culpa o negligencia. Sharapova admitió su plena responsabilidad en el consumo voluntario de meldonium, aunque aseguró que lo tomaba por motivos de salud y recordó que la sustancia solo está prohibida desde el pasado 1 de enero. Se olvidó de consultar la nueva lista de prohibiciones, alegó.
La segunda vía para ver recortada la suspensión, según el Código Mundial Antidopaje, obliga al infractor a hacer una confesión inmediata y a proporcionar “ayuda sustancial” a las autoridades antidopaje.
La convocatoria de una conferencia de prensa por parte de Sharapova antes de que la ITF hiciese público el positivo respondería a este deseo de ver reducida la pena con una confesión rápida.
Sobre la ayuda, el artículo 10.6.1 de Código dice que “una persona que proporcione ayuda sustancial deberá revelar por completo mediante una declaración escrita y firmada toda la información que posea en relación con las infracciones de las normas antidopaje; y colaborar plenamente en la investigación y las decisiones que se tomen sobre cualquier caso relacionado con esa información, lo que incluye, por ejemplo, testificar durante una audiencia si así se le exige”.
Además, “la información facilitada debe ser creíble y constituir una parte importante del caso abierto o, en caso de no haberse iniciado este, debe haber proporcionado un fundamento suficiente sobre el cual podría haberse tramitado un caso”.
El Código incluye varios ejemplos de aplicación de este artículo 10. En el mejor de los casos, si Sharapova demostrase que el dopaje no fue intencional, se partiría de una sanción de dos años. Si, además, admite ausencia de culpa o negligencia, podría reducirse a entre uno y dos años. Por último, si la deportista ofrece ayuda sustancial, el periodo de sanción se recortaría en tres cuartas partes.
Del grado en que la ITF admita las argumentaciones de la defensa de Sharapova dependerá, por tanto, que la sanción sea de cuatro años o se quede solo en unos meses.
La tenista, que en abril cumplirá 29 años, manifestó su deseo de que, en todo caso, la suspensión no suponga el fin de su carrera y puede volver a la competición después de cumplirla. Actualmente ocupa el séptimo puesto de la clasificación WTA.
Fuente: As.com