Santiago Rodriguez .- El Consejo del Poder Judicial sancionó sin disfrute de sueldo, por un período de 30 días, a una jueza de instrucción de Santiago Rodríguez, quien requirió en un cuartel de la Policía a un hombre que había sido detenido acusado de traficar con indocumentados.
La medida fue adoptada en contra de la magistrada Claudia Canaán, tras conocérsele un juicio disciplinario por la comisión de faltas en el ejercicio de sus funciones.
Durante el proceso, el Ministerio Público imputó a la jueza presentarse a las 6:00 p.m., del sábado 27 de diciembre del 2014, al cuartel de la Policía Nacional en Santiago Rodríguez y requirió la entrega del imputado Juan Paulino Rodríguez, quien fue detenido luego de no obtemperar un llamado de detener el camión que conducía. Aduce que el conductor trató de rehuir un punto de chequeo de la comunidad de Rincón, distrito municipal de San José, Provincia Santiago Rodríguez.
La denuncia fue hecha por el entonces director general de Migración, José Ricardo Taveras, quien dijo que la jueza sin haber sido apoderada, y sin que interviniera ninguna sentencia, requirió el detenido.
En su decisión los miembros del Consejo refieren: “que la mayoría de los hechos e imputaciones realizadas por el representante del Ministerio Público en contra de la magistrada Claudia Canaán Díaz, que constituirían violaciones a los principios y normas que rigen el servicio judicial, han podido ser comprobados mediante las pruebas aportadas por las partes, que fueron leídas y discutidas en la audiencia celebrada con las garantías legales y constitucionales”.
El Consejo del Poder Judicial integrado por Mariano Germán Mejía, presidente; Dulce María Rodríguez de Goris; Samuel Arias Arzeno y Elías Santini Perera, miembros, y Edgar Torres Reynoso, secretario general, declararon culpable a la magistrada. La atribuyeron la violación de los artículos 41 numeral 3, 61 y 65 numeral 1 de la Ley 327-98 de Carrera Judicial, y los principios de conciencia funcional e institucional, credibilidad, disciplina, igualdad, integridad, prudencia y responsabilidad del Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial.
Fuente: CitySantiago.com