Con el objetivo de garantizar, comprobar y asegurar que sus decisiones sean acatadas como manda la Constitución, el Tribunal Constitucional (TC) está en el proceso de formación de una unidad especializada que dará seguimiento a la ejecución de las sentencias que emite.
La alta corte se encuentra inmersa en el proceso de desarrollo del reglamento que será la base normativa de operación de la unidad y además realiza las gestiones para la selección del personal que tendrá a cargo la fiscalización del nivel de cumplimiento de sus fallos, según informó recientemente el presidente del Tribunal, Milton Ray Guevara, al participar en una actividad.
La Unidad de Seguimiento de la Ejecución de las Sentencias (USES), que es como oficialmente se denomina, está adscrita al Pleno y tiene entre sus funciones perseguir la ejecución efectiva de las sentencias del Tribunal mediante la estructuración de los mecanismos de recepción, investigación y trámite de las solicitudes tendentes a resolver las dificultades o el incumplimiento de sus decisiones, según establece el artículo 26 del Reglamento Jurisdiccional del Constitucional.
Ray Guevara dijo que luego de estudiar los elementos que dificultan el cumplimiento de una sentencia, desde la USES se remitirá un informe al Pleno, que tendrá la facultad de resolverlos.
El magistrado adelantó que la USES estará integrada por el secretario, quien la coordinará, y el encargado jurídico del TC.
Informó que el pleno instruirá a la USES para realizar todas las gestiones necesarias a los fines de garantizar el cumplimiento de sus decisiones cuando la parte interesada le haya informado las dificultades de ejecución.
“La creación de la Unidad tiene su origen en la obligatoriedad del cumplimiento de las decisiones del Tribunal Constitucional y la necesidad de que las decisiones constitucionales tengan plena vigencia. Por ello, el Tribunal ha decidido crear una unidad que permita dar seguimiento a la ejecución de las sentencias y así asegurar la supremacía de la Constitución”, dijo Ray Guevara, quien agregó que trabajan para que esté lista en el más breve plazo.
Unidad fortalece Estado de derecho
Para el abogado constitucionalista Eduardo Jorge Prats, la creación de esta Unidad de Seguimiento de Sentencias por parte del Constitucional, supone la concreción del Estado Social y Democrático de Derecho fundado en el respeto a la dignidad humana y los derechos fundamentales.
Consideró que, de igual modo, con su instauración se tiene en cuenta el mandato del artículo 8 de nuestra Carta Magna, en tanto el Estado tiene como función principal la protección efectiva de los derechos de las personas.
“Con la creación de esta Unidad de seguimiento se dispondría un registro anual sobre organismos renuentes o funcionarios amonestados por sentencias del Tribunal que podrían ser publicados en la página web y también, eventualmente, a través de los medios de difusión nacional como un dispositivo de presión sobre su conducta y una herramienta para la consolidación de los derechos de las personas”, precisó.
Asimismo, consideró que la USES viene a dar solución a un aspecto de vital importancia en la protección y consolidación de los derechos de las personas: la ejecución y cumplimiento de las decisiones del máximo intérprete de la Carta Magna.
“La Constitución dispone en su artículo 69, que toda persona, en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, tiene derecho a obtener la tutela judicial efectiva, que se manifiesta a través del derecho de acceso a la jurisdicción, del derecho a un debido proceso con las garantías constitucionales de rigor y el derecho a la efectividad de la sentencia, de la que se desprende la ejecución de lo juzgado”, expresó el abogado.
Indicó que el artículo 50 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales (LOTCPC) indica que el TC dispondrá el responsable de la ejecución de la sentencia y resolverá las incidencias de su ejecución, por lo que consideró que la unidad de seguimiento de sentencias se encuentra en consonancia con los deberes fundamentales de acatar y hacer cumplir la Constitución, las leyes y obedecer las autoridades establecidas por ellas (Artículo 75.1), así como velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia, el respeto del patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública (artículo 75.12).
Jorge Prats asegura que obtener una decisión favorable del Tribunal Constitucional y encontrar obstáculos para su ejecución, supone una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en los términos señalados por el artículo 69 de la Constitución.
Expresó que el accionar del Estado debe propender a la protección y realización de los derechos de las personas, sobre todo cuando han obtenido una decisión favorable que precisa de la ejecución para la garantía de los derechos vulnerados.
Sugerencias para el buen funcionamiento de la USES
El experto en derecho constitucional sugiere para el buen funcionamiento de la Unidad de Seguimiento de la Ejecución de las Sentencias, la realización de un levantamiento sobre las decisiones que a la fecha no han podido ser ejecutadas por sus beneficiarios y que sean identificados los obstáculos que han encontrado y los responsables de hacer ejecutar lo juzgado.
Entiende, además, que es de vital importancia que la Unidad de Seguimiento asegure una constante comunicación con los ciudadanos afectados en aras de poder brindar un servicio efectivo.
De igual forma, Jorge Prats recomienda al tribunal supremo que se haga de público conocimiento las instituciones y los funcionarios renuentes a dar cumplimiento a las decisiones del Tribunal Constitucional.
Según establece el artículo 184 de la Carta Magna proclamada el 26 de enero del 2010, esas decisiones del TC “son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado”.
A veces se requiere fuerza pública para acatamiento
Personas e instituciones han externado su queja de que no se han cumplido los fallos del TC con los que fueron favorecidos. Para el acatamiento de esas decisiones muchas veces se requiere el auxilio de la fuerza pública, tradicionalmente otorgada por el Ministerio Público, acción que en muchos casos tampoco garantiza la válida ejecución de un fallo. La situación es aún más complicada cuando las sentencias son emitidas contra el Estado.
Juristas han considerado que una de las deficiencias del Estado de derecho del país radica en el hecho de que el justiciable, luego de haber acudido a un Tribunal para resguardar sus derechos y de lograr obtener una sentencia definitiva e irrevocable, tenga que iniciar un calvario adicional para tratar de que se ejecute el fallo, lo que la USES vendría a subsanar, por lo menos en lo que al TC se refiere.
Fuente: El Caribe